Aspirantes no pueden llamar al voto: IEPC

0
51
  • Habrá sanciones.
  • Se está en periodo de intercampañas de acuerdo al calendario electoral.

Rosy Gaucín/La Voz de Durango

En la actualidad se está en periodo de intercampañas, periodo en el que todos aquellos que aspiren a algún cargo de representación popular no pueden hacer llamado al voto, a favor o en contra de alguien, informó el consejero presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Durango, Roberto Herrera Hernández.

Y es que de acuerdo al calendario electoral, las campañas para las diputaciones locales iniciarán el 14 de abril y culminarán el 2 de junio, dentro del proceso electoral 2020-2021, informó el consejero presidente el órgano electoral estatal.

En el tema de difusión de la Comunicación Social durante los Procesos Electorales, la Ley General Comunicación Social (LGCS) en su artículo 21, establece que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda Campaña de Comunicación Social en los Medios de Comunicación.

Para los efectos del párrafo anterior, en el caso de los procesos electorales locales, deberá suspenderse la difusión de Campañas de Comunicación Social en los Medios de Comunicación con Cobertura Geográfica y ubicación exclusivamente en la Entidad Federativa de que se trate.

Se exceptúan de lo anterior: I. Las campañas de información de las autoridades electorales; II. Las relativas a servicios educativos y de salud; III. Las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, y IV. Cualquier otra que autorice el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), de manera específica durante los procesos electorales, sin que ello implique que solo las campañas aprobadas por la referida autoridad administrativa son las que podrían difundirse.

Cuando existan procesos electorales, las dependencias y entidades de la administración pública deben acatar la normatividad aplicable que ordene la suspensión de las campañas, refiere el marco legal vigente.